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RÉPLICA FRENTE A LA VERSIÓN MEDIÁTICA DE ELISA ZEPEDA LAGUNAS.

Actualizado: 27 feb 2019


Objetivo:


Antes de aspirar al derecho de ser reconocidos como presos políticos, cuestión que también se busca con este ejercicio, ansiamos provocar y animar al estudio serio, profundo y responsable de los expedientes penales 02/2015 y 55/2014 por parte de la Secretaría de Gobernación para que advierta cómo desde el inicio nuestros familiares y compañeros son inocentes y que el Estado con toda su fuerza no pudo jamás deshacer la presunción de inocencia los presos políticos.


Justificación:

El 28 de diciembre de 2018, Elisa Zepeda manifestó al periódico El Universal en su crítica al listado de presos políticos publicados por el Senado: “las dos partes deben ser escuchadas” y sugirió desconocimiento y falta de responsabilidad al haberse considerado el caso de los presos políticos de Eloxochitlán. http://oaxaca.eluniversal.com.mx/estatal/28-12-2018/liberaria-amlo-acusados-de-homicidio-en-eloxochitlan

También se reiteró el contenido de la nota anterior corrigiendo el título para incluir la palabra: “Salvajes” https://www.eluniversal.com.mx/estados/salvajes-presuntos-presos-politicos-los-que-preven-liberar mostrando con ello una actitud incongruente con el respeto al derecho humano de presunción de inocencia.


Es imprescindible mencionar que Elisa ha sido escuchada por el Estado durante cuatro años. Ha tenido la voz, los micrófonos, las cámaras, los medios; asimismo, ha contado con el poder político para obstaculizar el avance del proceso penal y para condicionar el trabajo del aparato judicial.


Basta con teclear su nombre en el buscador “google” para que aparezca toda su “verdad mediática” construida desde el 16 de diciembre de 2014 en los principales medios de difusión local, estatal y nacional.


Los presos políticos y sus familias hemos resistido y luchado contra ese cerco mediático ya durante cuatro años hasta llegar a una demostración no mediática sino histórica y jurídica a veces recogida por algunos medios libres https://subversiones.org/archivos/115918 y https://subversiones.org/archivos/132379.


Estamos en condiciones de sustentar cómo se ha vivido la represión, la persecución, la fabricación de delitos (ver Anexo I) el desplazamiento forzado, las violaciones a derechos humanos, la ocupación ilegítima del gobierno municipal.

No estamos solas (os) en nuestras afirmaciones, nos respaldan también resoluciones de amparo provenientes de Juzgado Federales y Tribunales Colegiados, así como las emitidas por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca en los números de toca penal: 74-(II)/2016 de la Segunda Sala Penal; 646/2015, 791/2015, 255/2016, 051/2017 de la Primera Sala Penal y Especializada en Justicia para Adolescentes; 01/2018 de Sala Constitucional y Cuarta Sala Penal por citar algunas.


Por tanto, creemos que es justo y considerado, dedicar el tiempo necesario para la lectura de esta réplica a la versión mediática de Elisa Zepeda Lagunas.


El ejercicio muestra la verdad histórica y jurídica puntual con relación a cada acusación mencionada por Elisa en su verdad mediática, cabe decir, esos señalamientos hechos por Elisa en la versión mediática son distintos o difieren en algo respecto de lo que denunció en su declaración ministerial, asimismo el relato mediático difiere por mucho de la forma en que se dieron los sucesos del 14 de diciembre de 2014 en Eloxochitlán de Flores Magón.


Se explica cómo la razón del carácter de presos políticos está ligada al contexto en el que fueron elegidos para imputarles delitos y a los antecedentes del conflicto sociopolítico que vivía Eloxochitlán desde el 2011, desatendido por el gobierno del Estado.


Finalmente, en forma de Anexo II se incluye una relatoría que sustenta la falsedad de la siguiente afirmación mediática: “Elisa Zepeda, activista comunitaria del pueblo de Eloxochitlán de Flores Magón”.


En ese ejercicio se detalla la ocupación de puestos públicos casi ininterrumpidos por parte de Elisa Zepeda desde su regreso a Eloxochitlán de Flores Magón (Años 2007-2013; 2015-16 en forma indirecta; 2017-2018 presidenta municipal, 2018 Diputada local) y se observa que su trayectoria inicial podría corresponder a la formación de una carrera política pero nunca a un activismo comunitario, mucho menos a una identidad indígena o comunitaria; en cambio, se expone cómo al llegar a una mayor posición de poder su quehacer también se tradujo en la discriminación de las mujeres, la fabricación de delitos, la represión a toda oposición política, la desarticulación del gobierno comunitario y organización comunitaria cuando manipuló lo ocurrido el 14 de diciembre de 2014, la provocación del desplazamiento de familias enteras ante la persecución con órdenes de aprehensión, las formas ilegítimas de su arribo al cargo de presidenta municipal y a la diputación local.

Apoyado con el material videográfico visible en las direcciones https://youtu.be/dYBPQSID_n4 y https://www.youtube.com/watch?v=tROjGNVU2To


Sobra decir, que históricamente las leyes de Amnistía han surgido en contextos de problemáticas sociales profundas que buscan atender la necesidad de justicia y paz con base en la verdad. Es momento de que la Diputada Elisa Zepeda Lagunas asimile la necesidad urgente de toda una comunidad por el establecimiento de la Paz, respete los derechos humanos de otros miembros de la comunidad de Eloxochitlán, reconozca la verdad jurídica de los expedientes 02/2015 y 55/2014 y pugne desde su lugar de poder por el bienestar comunitario por primera vez.

Presos políticos y número de expediente vinculado con ellos:


02/2015 Miguel Ángel Peralta Betanzos, el 26 de octubre de 2018 fue sentenciado a 50 años de prisión con una resolución idéntica al auto de formal prisión, no se individualizó la conducta, no se analizó el contenido del material probatorio de cargo y descargo. El Juez hizo caso omiso de las conclusiones de inculpabilidad y de un Amicus Curiae, en cambio, pasó por alto la entrega extemporánea de las conclusiones de la Fiscalía, cuyo contenido además se refirió a personas distintas de Miguel Ángel Peralta Betanzos. Actualmente se tramita recurso de apelación.


Herminio Monfil Avendaño. Jaime Betanzos Fuentes. Fernando Gavito Martínez. Alfredo Bolaños Pacheco. Omar Hugo Morales Álvarez.

Con una respuesta sui géneris el Juzgado local postergó más de un año la resolución al ‘incidente de libertad por desvanecimiento de datos para procesar’, luego de apelar, el Tribunal indicó al Juez atender el incidente, hasta la fecha el Juzgado continúa sin dar respuesta a pesar de que el término ya se venció. Aunado a lo anterior, al inicio del proceso, todos obtuvieron amparo favorable que declaró violatorio el auto de formal prisión con el que se les privó de su libertad, prolongando así el injusto encierro.


55/2014 Isaías Gallardo Álvarez y Omar Hugo Morales Álvarez. Omar Hugo ha ganado tres veces el amparo contra el auto de formal prisión, pero las tres veces el juez de Huautla reiteró la prisión en forma idéntica sin acatar las observaciones de amparo. Omar espera la resolución de un cuarto amparo.

Por otro lado, ha quedado demostrado en juicio la contradicción firme que existe entre los “testigos” de cargo, además de otros elementos contundentes de defensa, con lo cual se evidencia la imposibilidad para demostrar la probable responsabilidad de los presos. Se espera interrogar al perito sustituto para luego dar paso al cierre de instrucción o a la presentación del incidente de libertad por desvanecimiento de datos para procesar.


Delitos:

02/2015 Homicidio calificado con premeditación y ventaja en agravio de Manuel Zepeda Lagunas y Tentativa de homicidio en agravio de Elisa Zepeda Lagunas.

55/2014. Homicidio calificado con premeditación y ventaja en agravio de Gustavo Estrada Andrade.


Fecha de los hechos: 14 diciembre 2014.

Víctimas (agraviados): Manuel Zepeda Lagunas, Elisa Zepeda Laguna y Gustavo Estrada Andrade.



El caso: (Se retoman líneas textuales de la versión mediática de Elisa Zepeda Lagunas y se subrayan para enfocar su análisis.)


“Fue brutalmente agredida el 14 de diciembre de 2014 en el marco de una asamblea para la elección del Alcalde municipal.”


La verdad histórica y jurídica obliga a mirar el origen de la trifulca del 14 de diciembre de 2014 en Eloxochitlán de Flores Magón. El primer expediente integrado con motivo de los hechos de esa fecha cuyo número es 789(HJ) 2014 y su acumulada 04-(F.M)/2015 por tentativa de homicidio, corresponde a las denuncias hechas por seis miembros de la Asamblea Comunitaria de Eloxochitlán (distintos de los presos políticos, si bien éstos forman parte de esa Asamblea comunitaria) al haber sido heridos con armas de fuego cuando se iniciaba el acto político de nombramiento de Alcalde municipal el 14 de diciembre de 2014. En el expediente obran declaraciones de las víctimas con relación a sus heridas de bala y certificados médicos que se leen “…a (Víctima) herida por arma de fuego en cuello, región lateral izquierda y posterior; a (Víctima), herida por arma de fuego en orificio de entrada a nivel de arco costal línea paraesternal derecha y herida en hemitórax derecho…” Sobre el destino de ese expediente, a principios del año 2015, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca a cargo de Héctor Joaquín Carrillo Ruíz del Partido Revolucionario Institucional (PRI) autorizó la intervención de la averiguación previa 789(HJ) 2014 y su acumulada 04-(F.M)/2015 a los probables responsables (entre ellos, hombres que resguardaban el palacio municipal tomado en noviembre de 2014 por Elisa Zepeda Lagunas, su padre y un grupo armado) para que conocieran los cargos en su contra y pudieran actuar desde la averiguación previa.


Hasta la fecha, el expediente continúa en manos de la Fiscalía sin ser entregado al juez, evidenciándose así el cobijo de las autoridades estatales a la familia Zepeda Lagunas, la parcialidad de la procuración de justicia y la impunidad total que guarda el caso de los heridos de bala pertenecientes a la Asamblea Comunitaria de Eloxochitlán. Es cierto que en Eloxochitlán se suscitó una trifulca y lamentablemente hubo personas lesionadas y daños a bienes.

Sin embargo, lo que fue denunciado en el expediente 02/2015 no correspondió a lo ocurrido, los denunciantes y/o autoridad falsearon y crearon otras condiciones que luego no pudieron demostrar de manera eficaz.


En el expediente judicial 02/2015 no está probado que Elisa Zepeda haya sido

“brutalmente” golpeada,

como también es cierto que sólo existe el dicho aislado de Elisa Zepeda sobre una serie de supuestas agresiones hacia su persona, señalamientos que en su mayoría no están probados plenamente por los dictámenes médicos ni corroborados por otros medios de prueba, incluso su testigo estrella narra una versión completamente distinta; lo que ocurrió es que las posibles lesiones aparentemente sufridas por Elisa fueron convertidas en tentativa de homicidio mediante una narrativa incomprobable, y aprovechadas para inculpar a oponentes políticos de su padre, a las autoridades legales y legítimas, a representantes comunitarios y activistas con el fin de desarticular toda oposición política. A pesar de lo anterior, está demostrado que los presos políticos no son los responsables de las lesiones que haya sufrido Elisa Zepeda, afirmación que se hace con plena demostración jurídica visible en el expediente 02/2015.


“la agresión ocurrió por el entonces presidente Municipal y sus seguidores Jaime Betanzos Fuentes, asesor y policías municipales”


• Nunca estuvo demostrada la probable participación de ellos en hechos delictivos.

En cambio, sí está probado en el juicio que las supuestas pruebas, fabricadas para acusar a los presos políticos, resultaron inconsistentes y sin eficacia probatoria. En el expediente 02/2015 se puede observar lo siguiente:


Resoluciones del Tribunal Superior de justicia que desecharon el testimonio de los testigos de cargo Keila Tamar Gallardo Miguel, Marco Antonio Ortiz Gallardo, Manuel Zepeda Cortés, Eleazar Hernández Ordaz y Fernando Ramírez Carrera:


(entre ellas la resolución del toca penal 791/2017 de la Primera Sala Penal y Especializada en Justicia para Adolescentes)

Sobre los testigos, la Salas hicieron afirmaciones distintas que se citan:


Respecto de Keila Tamar:

“…su señalamiento no tiene eficacia probatoria para acreditar la actividad delictiva…la ateste de referencia pone a todas estas personas en un lugar y hora distintos... a su vez ningún otro testigo hace referencia a que le hayan ocasionado más golpes al pasivo, cuando estuvo detenido en la camioneta;… es evidente que no hay coherencia en esta parte de su declaración con respecto a la hora y la secuencia de los hechos que refieren los demás testigos presenciales…”


“…Marco Antonio Ortiz Gallardo, …al momento de identificar quienes son los sujetos responsables de los hechos delictivos, realiza la identificación de estas personas de manera idéntica al testimonio de Elisa Zepeda Lagunas, y con el mismo error de nombrar dos veces a una de las personas señaladas como responsable de la muerte del hoy occiso, por ende, con respecto a esa parte de su declaración no se le otorga eficacia probatoria… ( se realiza tabla comparativa de las declaraciones de los testigos Elisa Zepeda Lagunas y Marco Antonio Ortiz Gallardo)…” “…sin embargo, estos señalamientos no tienen esa eficacia probatoria para acreditar la actividad delictiva que realizó Wilfrido Salazar y Rubén Cerqueda, lo anterior en razón de que al momento de señalar la conducta delictiva llevada a cabo por los imputados de referencia, en contra del hoy occiso, lo realizan de testimonio, se cita: “acudí ante esta autoridad porque fui citado pero no contestaré ninguna pregunta porque yo nunca declaré, aunque sí aparezca mi firma.” Manifiesta: “…que él en ningún momento declaró ante el ministerio público pero que sí es su firma porque se la llevaron a firmar no recordando la fecha… asimismo manifestó que la credencial de elector que en copia certificada aparece al final de la declaración antes aludida, si corresponde a su credencial pero que no sabe cómo existe la copia de la que se le dio vista, ya que no la proporcionó.”


Eleazar Hernández Ordaz,

En diligencia de interrogatorios, negó haber declarado ante autoridad ministerial y dijo no recordar de qué manera rindió su testimonio.

Lo cierto es que, en constancias ministeriales tanto en el caso de Fernando como de Eleazar, la autoridad ministerial no asentó la hora de término de sus supuestas declaraciones.


Por otro lado, el testigo Marco Antonio Ortiz Gallardo en interrogatorios refirió que lo que ese día ocurrió en realidad fue una riña. Además de citar en su declaración que él se enteró hasta la noche de todo lo ocurrido. Es una gran irresponsabilidad que en medio de la coyuntura de un nuevo gobierno nacional que ha dejado claro el respeto a los derechos humanos entre ellos la presunción de inocencia, todavía exista el atrevimiento por parte de algunos funcionarios públicos de imputar a las personas hechos posiblemente constitutivos de delito, como si estuvieran comprobados. “Fue expuesta a tortura pública”... “Su madre y ella fueron dejadas por muertas con machetazos en la cabeza y golpes contusos.” •


Elisa no refirió machetazos ni tortura en ningún lugar de su declaración ministerial, tampoco existen pruebas al respecto.

En este punto es necesario reiterar que es en los medios de comunicación donde Elisa Zepeda Lagunas ha construido una historia.

Su verdad es la mediática, porque la verdad jurídica es distinta y es la que ha permitido la libertad de ocho personas, siete dentro del proceso 02/2015 y uno dentro del proceso 16/2016. Distinto a lo que publicó en los medios, en su declaración ministerial, Elisa Zepeda Lagunas nunca refirió haber recibido machetazos ni haber sufrido tortura, tampoco lo hizo algún otro testigo, mucho menos lo demuestran los dictámenes médicos (Ver Tomo I del proceso penal 02/2015)


• Los presos políticos no están acusados por lesionar o atentar contra la vida de la madre de Elisa.

Existe la causa penal 04/2015 en la que se consignaron hechos probablemente constitutivos de delito contra Magdalena Lagunas Ceballos, sin embargo, ninguno de los actuales presos políticos está acusado en ese caso, sino otras personas desplazadas quienes combaten las imputaciones en amparo indirecto. Es importante precisar que en las constancias del expediente 02/2015 aparecen señalamientos contradictorios acerca de cómo ocurrieron posibles agravios a Magdalena Lagunas y diferencias acerca de quienes fueron los supuestos agresores, sin embargo, ninguna de las versiones rendidas en el expediente 02/2015 apoya la versión de la propia denunciante rendida en su proceso 04/2015, que luego resultó completamente distinta y ha sido usada en la verdad mediática ampliamente difundida.


• Sobre el video difundido en el que aparece una mujer que está siendo auxiliada.

En el video se aprecia a una mujer que es levantada por varios hombres, al parecer se trata de la mamá de Elisa Zepeda, se observa que ninguna de las personas que la levantan fungió como testigo dentro de su expediente 04/2015, sino personas distintas quienes a pesar de afirmar que estuvieron en ese lugar, aparentemente no le auxilian pues no aparecen en ese video. “Quemaron las casas de compañeros y familiares, la de ella y la de sus padres.” • Los actuales presos políticos no están acusados por delitos de daño o incendio. Ninguno de los presos políticos actuales está acusado en el expediente 16/2016 en el que se investigaron acusaciones por incendio y daños. La única persona aprehendida con posterioridad acusada por estos hechos fue Gaspar Betanzos Fuentes, quien alcanzó libertad confirmada por el Tribunal Colegiado, al impugnar el auto de formal prisión.


• Se probó en juicio la inexistencia del delito de incendio.

En cuanto a la mención de las casas quemadas no existe demostración jurídica ni fáctica de que así haya sido de acuerdo con el análisis de los Tribunales superiores, incluso el único inmueble dañado con fuego, ampliamente difundido en los videos editados por Elisa, no pertenecía a persona alguna en el momento de los hechos pues se trataba de un bien en litigio sujeto a juicio civil dentro del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Huautla de Jiménez, Oaxaca. (Ver el expediente 16/2016 por incendio y daños el cual obra en el mismo Juzgado Mixto de Huautla de Jiménez, Oaxaca)


“Asesinaron a su hermano Manuel Zepeda y a su compañero Gustavo Estrada Andrade.”

• Manuel Zepeda Lagunas, entregado vivo al Ministerio Público de Huautla de Jiménez.


El hermano de Elisa, quien en vida se llamó Manuel Zepeda Lagunas, fue detenido en portación de arma de fuego por comuneros de Eloxochitlán, luego llevado a la policía comunitaria quien finalmente lo entregó con vida al agente del Ministerio Público de la ciudad de Huautla de Jiménez por ser el más cercano al lugar de la detención. El expediente 02/2015 contiene suficiente evidencia probatoria de estas afirmaciones.

Las condiciones del fallecimiento del hermano de Elisa son inciertas, la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca, cuyo titular era Héctor Joaquín Carrillo Ruíz del Partido Revolucionario Institucional (PRI) no estuvo interesada en admitir, investigar y asumir lo ocurrido, en lugar de ello, en un primer momento intentó acusar por omisión de cuidados médicos a los primeros detenidos aunque finalmente acusó a treinta y cuatro personas por homicidio calificado con las agravantes de premeditación y ventaja, a partir de pruebas inconsistentes cuya ineficacia probatoria ha quedado plenamente demostrada en juicio. Así el contenido de las notas del cerco mediático están completamente alejadas del contenido del expediente 02/2015 como ejemplo, está la nota visible en la liga http://www.milenio.com/policia/a-balazos-intentaron-que-no-llegara-a-ser-alcaldesa en donde asegura que su hermano pasó toda la noche en la plaza pública de Eloxochitlán, cuando hasta en la versión oficial desde la tarde del día de los hechos ya estaba en la ciudad de Huautla de Jiménez, lugar donde se encuentra el Ministerio Público, y no en Eloxochitlán.


• Condiciones inciertas del fallecimiento de Gustavo Estrada Andrade.


Lo mismo ocurre en el caso de Gustavo Estrada Andrade, cuyo dictamen de necropsia es una copia del dictamen de Manuel Zepeda Lagunas, con la peculiaridad de que, en la verdad mediática de Elisa Zepeda, Gustavo murió al ser ultimado con una arma de fuego y ella vio el hecho y a la persona que disparó visible en la liga https://pagina3.mx/2014/12/hasta-aqui-llegaron-tus-suenos-pendeja-no-te-metas-en-asuntos-del-pueblo-edil-de-eloxochitlan-a-defensora-de-dh/ en cambio en el expediente 55/2014, ella no se ofreció como testigo de los hechos, sino otras personas que no mencionan esa versión, tampoco el dictamen de necropsia mencionó heridas por arma de fuego. Es importante destacar que todos los primeros detenidos, incluido Omar Hugo Morales Álvarez citado por Elisa en la nota periodística, salieron con resultado negativo en la prueba de rodizonato de sodio, usada para identificar elementos involucrados en el disparo de arma de fuego. Por lo cual, es evidente que la verdad jurídica es distinta de la verdad mediática promovida por Elisa Zepeda quien cada vez fue agregando circunstancias distintas a lo vertido por ella el expediente penal, imprimiendo sensacionalismo a sus notas con el afán de tocar fibras sensibles del público y predisponer al lector ya fueran jueces, legisladores, defensores de derechos humanos, instituciones en favor suyo, quienes han creído una versión por el simple hecho de su repetición en los medios.


Situación de los presos y el sustento de ser presos políticos:

(Se retoman líneas textuales de la versión mediática de Elisa Zepeda Lagunas y se subrayan para enfocar su análisis.)


“los presos políticos están bajo proceso por la comisión de delitos graves”.

A partir de la impugnación contra los autos de formal prisión hecha por varias de personas detenidas, se obtuvo la libertad de siete personas dentro del expediente 02/2015, ellas son: Brígida Bautista Guerrero, Raúl Betanzos Fuentes, Eleuterio Pineda Betanzos, Heraclio Guzmán Chazares, los policías municipales Wilfrido Salazar Herrera y Rubén Cerqueda Jiménez e Ismael Reyes Rosete, las primeras personas obtuvieron su libertad aún en contra de la voluntad del Juez local debido a las resoluciones federales, y la última obtuvo su libertad en sentencia absolutoria dictada por el Juez de Huautla de Jiménez. Es claro el criterio de los Tribunales de Alzada, Amparo y Colegiados para entender la inocencia de los presos políticos y un proceso saturado de resoluciones violatorias de derechos humanos.

Aunado a lo anterior, la Defensa de los actuales presos políticos logró demostrar tanto en el juicio 02/2015 como en el 55/2014 la inconsistencia de los testimonios de cargo, así como la de las demás pruebas “incriminatorias”, incluido el dictamen de necropsia. Por lo cual, no solo es imposible encontrar responsables o culpables de la comisión de un delito a los presos políticos, sino también está puesta en duda la comprobación del cuerpo del delito que había sido sostenida por el Ministerio Público y el Juez.


“no son presos políticos… se trató de sorprender la buena voluntad del nuevo gobierno”


Por primera vez se nos dio el derecho de ser oídos por el Estado. A nadie se trató de sorprender.

Cuando se entregó el caso al Senado en octubre de 2018, se explicó puntualmente el caso, se mostró y entregó el análisis jurídico consistente en la confrontación de datos de prueba para evidenciar la no corroboración de estos, pero la explicación fue menor comparada con los nueve tomos de información documental entregada al Senado, dentro de los cuales se encuentran:


- Copias de las averiguaciones previas 790 (HJ) 2014 que dio origen al proceso 02/2015 y 791 (HJ) 2014 que originó el proceso 55/2014, en donde se pueden leer de manera íntegra los testimonios acusadores y observar las demás pruebas con que sujetaron a prisión preventiva a los presos políticos-

- Copias de resoluciones completas de alzada y amparo mediante las cuales alcanzaron la libertad nuestros demás compañeros y muestran argumentos para libertad de los actuales presos políticos.

- Evidencias de las violaciones al procedimiento y las dilaciones inexplicables cometidas por el Juez local.

- Resultados de las pruebas ofrecidas por la Defensa mediante el análisis técnico jurídico.

- Material impreso de las notas en medios libres y medios de la región mazateca que contienen el relato ininterrumpido de la participación social y la lucha sostenida por los presos políticos junto a la asamblea comunitaria de Eloxochitlán de Flores Magón, desde la defensa de un sistema normativo interno bajo los usos y costumbres, la denuncia de los casos de represión en contra de miembros de la comunidad, la defensa de sus recursos naturales, hasta la lucha por la autodeterminación de Eloxochitlán de Flores Magón, y

- Notas que documentan el acompañamiento de la comunidad de Eloxochitlán de Flores Magón y compañeros solidarios hacia los presos políticos.


Presos políticos. La razón de ese carácter está ligada al contexto en el que fueron elegidos para imputarles delitos.

Eloxochitlán de Flores Magón vivía un conflicto real derivado de la defensa de sus formas tradicionales de gobierno cuando fueron irrumpidas por Manuel Zepeda Cortés aliado con el gobierno del Estado de Oaxaca y sus instancias de procuración y administración de justicia. Desde el 2011 se gestó una serie de actos de represión contra los integrantes de la Asamblea Comunitaria de Eloxochitlán de Flores Magón a fin de impedir sus luchas y denuncias https://subversiones.org/archivos/115918 y ttps://subversiones.org/archivos/132379.


Las agresiones se intensificaron cuando la Asamblea Comunitaria ganó el juicio político electoral SUP-JDC-1665/2012 que obligaba a Manuel Zepeda a incorporar a cuatro representantes comunitarios al Ayuntamiento municipal.


Así, en venganza política en agosto 2012 detuvo arbitrariamente y torturó a Pedro Peralta Carrillo, integrante de la Asamblea y padre de Miguel Peralta y Martín Peralta activistas en la lucha sociopolítica: http://www.vientodelibertad.org/spip.php?article2335 (el enlace contiene video con testimonios) además de reprimir toda acción de apoyo al preso político Pedro Peralta.

Luego el 20 de noviembre de 2012 emboscó a la Caravana que viajaría a la Ciudad de México a rendir homenaje a Ricardo Flores Magón dejando varios heridos de gravedad. Cuando finalmente la Asamblea nombró a Alfredo Pacheco como su presidente municipal, Manuel Zepeda y Elisa Zepeda apoyados de un grupo armado tomaron el palacio municipal el 24 de noviembre de 2014 provocando que Alfredo Bolaños despachara en una sede alterna (AP/722/HJ/2014)


Así llegó el 14 de diciembre de 2014, el día en el que el pueblo dirigido por Alfredo Bolaños Pacheco quiso realizar su acto político de nombramiento de Alcalde en el techado municipal, sin embargo, fueron recibidos a balazos por parte de los que custodiaban el Palacio y sus dirigentes, en un claro mensaje del secuestro de los espacios públicos por un pequeño grupo que prevalece hasta la fecha.

De ese modo, se ha pretendido desconocer el contexto del conflicto socio político que antecedió a los hechos del 14 de diciembre, así como desconocer la balacera (789/HJ/(2014 y su acumulada) que dio origen a la trifulca de ese día. Y en lugar de ello, en los expedientes 02/2015 y 55/2014 se aprovecharon los eventos modificados y manipulados para imputar hechos delictivos a personas claves (autoridades municipales, policías comunitarios, activistas, representantes de barrio y mujeres con representación comunitaria) con el fin de desarticular toda organización comunitaria que resultara opuesta a los intereses de los Zepeda Lagunas y del propio gobierno del Estado y que resistía ya desde el año 2011.


Por si fuera poco, la campaña mediática de desprestigio contra los presos políticos iniciada desde el 16 de diciembre de 2014 con tremendo poderío en medios que normalmente exigen paga para sus publicaciones, no ha parado, la hemos visto resurgir cada vez que se aproxima una libertad.

Actualmente la campaña se hace desde una nueva posición de poder de Elisa Zepeda Lagunas como Diputada en el Congreso de Oaxaca.


Se enuncian solo algunas acciones de los presos políticos, no como justificación principal, sino como información adicional.

Los de mayor edad Jaime Betanzos Fuentes, Herminio Monfil Avendaño y Alfredo Bolaños Pacheco junto a la comunidad de Eloxochitlán pugnaron por el reconocimiento oficial de Eloxochitlán de Flores Magón en el año de 1995 como un municipio que rige su gobierno bajo los usos y costumbres, logrando Eloxochitlán ser de los primeros en obtenerlo, a fin de separarse del control ilegítimo que ejercía el Partido Revolucionario Institucional (PRI) no sólo de Eloxochitlán sino de la mayoría de los municipios del Estado de Oaxaca. http://archivo-periodico.cnt.es/288mar2003/mundo/archivos/mundo07.htm


- Los presos políticos han denunciado atropellos a la comunidad cometidos por los caciques desde la década de los ochentas, han sido en palabras de la comunidad de Eloxochitlán la “voz y palabra de las comunidades, … organizaciones campesinas y de mujeres, las cooperativas de apicultores y panaderos, los maestros rurales, los médicos tradicionales: -son parte del- pueblo insurrecto que grita: ¡Justicia, Tierra y Libertad.” Tomado del comunicado visible en la liga: http://archivo-periodico.cnt.es/288mar2003/mundo/archivos/mundo07.htm


Ese activismo en favor de la comunidad costó un atentado contra la vida de Jaime Betanzos Fuentes en enero de 2003, (narrado en la misma liga) cuando era gobernador del estado José Murat Casab del Partido Revolucionario Institucional (PRI); asimismo su encarcelamiento durante un mes en enero de 2011.


- Jaime Betanzos Fuentes, profesor rural jubilado. Como integrante de la Sección 22 fue Secretario General de la Delegación Sindical D-I-14 del Sector Huautla de Jiménez en 1993 y 1994, y Representante Regional de la Cañada para integrar el Comité Ejecutivo Seccional durante 1995 a 1998. En 1996, colaboró en la gestión para la adquisición del predio “Viguera”, Oax., en donde se construyeron viviendas de los trabajadores del Sector Huautla de Jiménez. En mayo de 1996 coordinó la marcha caminata Oaxaca -Ciudad de México para inhibir la aplicación de la reforma a la Ley del ISSSTE, movilización que tuvo el éxito esperado. En febrero de 1997 formó parte de la Primera Caravana “Paz para todos” para establecer junto con organizaciones de derechos humanos un puente de diálogo entre los integrantes del EPR que se reunieron en la “Sirenita”, San Agustín Loxicha, quienes fueron posteriormente perseguidos por el gobierno de Diódoro Carrasco Altamirano. En 1997 fue integrante de la marcha del color de la tierra al lado del EZLN para la reforma del artículo 2° constitucional.


- Herminio Monfil Avendaño es un campesino promotor del trabajo agrícola sustentable en el cultivo del café y miembro activo de la organización campesina UCOCAM (Unión de Comunidades Campesinas Marginadas) y era representante comunitario, suplente del síndico, en diciembre de 2014. Era suplente del Síndico cuando lo detuvieron. Junto con Jaime Betanzos y otros, sostuvo la defensa por las instalaciones de la Ucocam contra el intento de despojo iniciado por un particular en alianza con Manuel Zepeda Cortés desde el año 2010. Ganando el juicio civil 33/2010 y confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca dentro del Toca Civil 177/2011.


- También los presos políticos se opusieron y denunciaron la introducción de formas ajenas al Sistema Normativo Interno promovida desde el año 2010 por Manuel Zepeda Cortés, padre de Elisa Zepeda Lagunas, aliado con los antiguos caciques priístas, entre ellos Eleazar Hernández Ordaz (testigo de cargo falso en el expediente 02/2015) Asimismo, los presos políticos pugnaron por la incorporación de representantes comunitarios al Cabildo 2011-2013 documentado en el expediente SUP-JDC-1665/2012 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.


- Los presos políticos denunciaron y documentaron el gobierno represor de Manuel Zepeda Cortés quien ya en el cargo de presidente municipal, respectivamente. en donde se practicaron dictámenes bajo la reglamentación del Protocolo de Estambul, hallando resultados positivos para tortura, aunque el Juez de Huautla ignoró las evidencias y reclasificó al delito de lesiones. (A la fecha Manuel Zepeda Cortés continúa firmando la libreta del Juzgado Mixto de Huautla de Jiménez, Oax., porque se encuentra sujeto al proceso 33/2013 con motivo del ataque a la caravana)


- Miguel Ángel Peralta Betanzos además promovió activamente al interior de la Escuela Nacional de Antropología y de espacios libres nacionales e internacionales, la lucha histórica de Eloxochitlán por su autodeterminación y fue incansable luchador por la libertad y justicia para su padre, el ex preso político Pedro Peralta Carrillo.


- Alfredo Bolaños Pacheco es fundador de la Organización campesina “Tierra Fértil” vigente en Eloxochitlán, junto a actuales presos políticos y compañeros desplazados. Sufrió represión durante el gobierno municipal de Manuel Zepeda Cortés, al organizarse como parte de la Asamblea comunitaria para realizar trabajos comunitarios y denunciar el gobierno ilegítimo de Zepeda Cortés. https://es.slideshare.net/Megaradiosiglo21/sintesis-informativa-150211

Alfredo Bolaños y otras personas, cuestionaron a Manuel Zepeda la monopolización de los materiales pétreos, pues siendo Manuel presidente municipal se atrevió a desazolvar el río de sus obstáculos naturales para atraer arena para su empresa, a costa de los daños colaterales causados al medio ambiente por la explotación de recursos cercana al ecocidio y la ruptura del equilibrio ecológico de la comunidad, circunstancia que se puede verificar con una visita a la comunidad y con material fotográfico de los archivos de la Asamblea Comunitaria, además de mencionarse en el enlace https://subversiones.org/archivos/115918 y https://subversiones.org/archivos/132379. En cambio, esa confrontación junto con otros motivos propició que Elisa Zepeda Lagunas, su padre y un grupo armado, cuando en 2014 Alfredo Bolaños era presidente municipal, le tomaran en forma violenta el Palacio municipal el 24 de noviembre de 2014, provocando que Alfredo Bolaños Pacheco y su cabildo despacharan en una sede alterna. Esos hechos fueron recogidos en la averiguación previa AP/722/HJ/2014 integrada por la entonces Procuraduría de Justicia del Estado de Oaxaca.




Petición de Elisa Zepeda: (Se retoman líneas textuales de la versión mediática de Elisa Zepeda Lagunas y se subrayan para enfocar su análisis.)


Elisa Zepeda Lagunas pretende forzar la desaparición de la verdad jurídica e histórica y en lugar de ello, hacer prevalecer una “verdad” mediática no corroborada; por lo cual, este hecho no es sino una muestra más del uso del poder para seguir manteniendo a los presos políticos en prisión a pesar de encontrarse demostrada su inocencia. Mintiendo como se ha mentido en medios se alimenta una saña contra los presos políticos, claros opositores de quienes irrumpieron las formas tradicionales de organización comunitaria de Eloxochitlán de Flores Magón. Se torna el asunto de los presos políticos en una venganza política y no en la búsqueda de la justicia y la verdad ni histórica ni jurídica, tampoco en el deseo genuino de paz para una comunidad indígena.

Por lo cual, estamos seguros de que la dictaminación que hizo la Oficina de la Senadora Nestora Salgado del caso de los presos de Eloxochitlán de Flores Magón y le condujo a incluir los nombres de los siete presos políticos para proponerlos a la Secretaría de Gobernación fue el resultado del análisis objetivo de los Tomos que están bajo el resguardo de su Oficina, cuya información se puede corroborar con la existente en el Juzgado Mixto de Primera Instancia de Huautla de Jiménez, los distintos tocas penales de las Salas del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca y los expedientes de amparo de los Juzgados de Distrito con residencia en el Estado de Oaxaca, así como en los medios libres y en la comunidad de Eloxochitlán de Flores Magón, Oaxaca. Por lo cual, apelamos también al sano juicio de la Secretaría de Gobernación a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos para que luego del estudio de los tomos aludidos verifique la inocencia de nuestros familiares y compañeros y advierta que sobran elementos para considerarles presos políticos y de conciencia. Pero aún si se les negara ese derecho a ser reconocidos como presos políticos, eso no sería obstáculo para su libertad, pues antes que aspirar al derecho de ser reconocidos como presos políticos, aspiramos al estudio serio, profundo y responsable de los expedientes penales que haga la Secretaría de Gobernación para que advierta que desde el inicio nuestros familiares y compañeros son inocentes y que el Estado con toda su fuerza no pudo jamás deshacer la presunción de inocencia los presos políticos.




Sobre el carácter de defensora de derechos humanos ostentado por Elisa Zepeda Lagunas.


No se descarta que quizá al exterior de nuestra comunidad Elisa Zepeda Lagunas haya acompañado algunos casos, pero desconocemos cuáles. Tampoco se descara que luego del 16 de diciembre cuando se anunció en medios como defensora de derechos humanos hay construido currículum al respecto. En cambio, al interior de nuestra comunidad se sabe sólo de un caso anunciado por Elisa Zepeda que contaría con su acompañamiento. El caso se relaciona con un incendio ocurrido en la madrugada del 25 de octubre de 2014 en el barrio Puerto Rosete de Eloxochitlán de Flores Magón, en donde fallecieron Ofelia Victoria Zarate, de 73 años, y su nieta la estudiante de secundaria Jessica Cortes Victoria, de solo 16 años de edad, suceso que de acuerdo a los vecinos debió haber sido intencional y no accidental, pues no había motivos para esto último. Se trata de posibles feminicidios. Se lee la nota del suceso en la liga: https://pagina3.mx/2014/10/estudiantes-demandas-se-investigue-incendio-donde-murieron-calcinadas-dos-mujeres/


Asimismo, en la nota http://old.nvinoticias.com/oaxaca/roja/accidentes/240837-asesinadas-calcinadas Elisa denunció el “desinterés” del entonces presidente municipal Alfredo Bolaños Pacheco para la investigación del caso (a pocos días de que le tomara el Palacio Municipal por otros motivos, pues nunca mencionó la desatención a las mujeres en su explicación de la Toma del Palacio) sin embargo, dijo haber encabezado una marcha al interior de la comunidad como parte de sus primeras acciones a favor de ese caso.


Los hechos de esos posibles feminicidios se investigan en la averiguación previa 586/HJ/2014, según el propio medio de comunicación, sin embargo, no se ha sabido del seguimiento que Elisa Zepeda Lagunas hiciera del caso a más de cuatro años de haber tenido lugar, los vecinos no cuentan con ninguna actualización del caso. Tampoco en su calidad de presidenta municipal cuando fungió como tal en los años 2017 y hasta el mes de noviembre de 2018 hizo algún pronunciamiento público al respecto.

Al contrario, durante su gestión en agosto de 2018, tuvo lugar otro feminicidio más que tampoco está esclarecido, aunque es conocido en la comunidad que los probables responsables permanecieron 40 días en la cárcel municipal sin ser puestos a disposición del Ministerio Público.

http://ruta135.com/index.php/seguridad/item/1109-a-machetazos-asesinan-a-dos-hermanos-en-eloxochitlan-de-flores-magon

El mismos mes de agosto de 2018 tuvo lugar el hallazgo de un cadáver desmembrado, sin que se sepa si se trató de hombre o mujer, lo único sabido es que no era persona de nuestra comunidad. Al respecto, tampoco se ha informado sobre el esclarecimiento de esos hechos. http://www.ruta135.com/index.php/item/1108-hallan-cuerpo-desmembrado-en-eloxochitlan-de-flores-magon

Por lo anterior, es importante destacar la ausencia de Elisa Zepeda Lagunas en el acompañamiento de casos relevantes dentro de nuestra comunidad, los últimos ocurridos durante su administración como presidenta municipal, lo cual constituye una franca contradicción con la imagen y discurso sostenido por ella en entrevistas recientes.


ANEXO II

“VERDAD” MEDIÁTICA VS VERDAD HISTÓRICA.

Relatoría que sustenta la falsedad de la siguiente afirmación mediática: “Elisa Zepeda, activista comunitaria del pueblo de Eloxochitlán de Flores Magón”


Una apreciación cuidadosa desde el interior de Eloxochitlán de Flores Magón, permite concluir que Elisa Zepeda Lagunas no es reconocida como activista comunitaria en Eloxochitlán de Flores Magón. La primera vez que ella se autonombró de esa manera fue después del 14 de diciembre de 2014, y lo hizo a través de la construcción de una “verdad” mediática carente de sustento jurídico e histórico que usó para apuntalar una carrera política. Su verdad mediática: Un brutal ataque y tortura contra su persona por luchar casi por una década anterior al 2014 por los derechos de las mujeres y por aspirar a un cargo público.


Una carrera política es una meta lícita, la libertad de toda ciudadana (o) mexicana (o) para ejercerla es un derecho constitucional; sin embargo, Elisa Zepeda Lagunas construyó el argumento central de una carrera política (ampliamente difundido en su “verdad” mediática) con mentiras, información inexacta, desarticulación de toda oposición a través de la fabricación de delitos acompañada de un cerco mediático de desprestigio y presión al aparato judicial. Eso no es algo honorable ni digno de reconocimiento en nuestra comunidad, y creemos que tampoco debería serlo en el resto del país.

Como se verá más adelante, jamás los hombres o mujeres de Eloxochitlán de Flores Magón le impidieron ocupar espacios públicos ni antes ni después del 2014, inició su carrera política desde un puesto público, jamás desde el activismo, mucho menos desde un activismo comunitario.




• Activismo comunitario No. Identidad indígena o comunitaria No.

1983-2006


Elisa Zepeda Lagunas nació en Eloxochitlán de Flores Magón, el 29 de octubre de 1983, el trabajo de parto para su nacimiento fue atendido por el hoy preso político Jaime Betanzos Fuentes al ser la persona más cercana con conocimientos básicos para esa urgencia; en un acto de menosprecio a nuestra comunidad, sus padres la registraron en Tenancingo, Estado de México. Creció sin aprender nuestra lengua materna E’na o mazateco, por tanto, tampoco entabló comunicación con la mayoría de los habitantes. Enseguida salió de nuestra comunidad para estudios de bachillerato y licenciatura, sin que durante ese periodo tuviera algún tipo de participación en trabajos comunitarios de Eloxochitlán de Flores, Magón. Hasta ahora no sabemos que ella haya intentado documentar algo al respecto, porque simplemente no hay evidencias documentales ni testimoniales de algún tipo de participación comunitaria, mucho menos de ‘activismo’ entendido dentro de un contexto étnico, social, económico, político, de derechos humanos u otro.


• Año 2007. Regreso de Elisa Zepeda a Eloxochitlán de Flores Magón. Ocupa puestos públicos.

En el año 2007, Elisa Zepeda Lagunas, llegó a Eloxochitlán y vio la oportunidad de realizar su servicio social en la presidencia municipal por el cual recibió paga. Enseguida en el mismo 2007 el entonces

presidente municipal la invitó a participar en el Programa de SAGARPA llamado PROFEMOR-SINACATRI.

• 2008-2013 Elisa Zepeda fue empleada en el gobierno municipal.

En el Trienio 2008 al 2010, Elisa Zepeda Lagunas fue contratada por el gobierno municipal. De los resultados de su trabajo no se sabe en la comunidad. En cambio, estuvo asalariada los tres años. Ver Nóminas del Trienio.

• 2011-2013 Elisa fue presidenta del DIF municipal. Administración destacada por discriminar a dos terceras partes de las mujeres.

En el Trienio 2011 al 2013, su padre Manuel Zepeda Cortés arribó a la presidencia municipal mediante formas ajenas a los usos y costumbres y designó a Elisa como presidenta del DIF Municipal, lo que constituyó en sí su primer contacto directo con algunas mujeres de la comunidad. Ya en el cargo, Elisa arrebató el Instituto Municipal de la Mujeres de Eloxochitlán, IMME a su fundadora la Licenciada Yadira Palacios García, (quien desde tiempo atrás trabajó dentro del él a favor de las mujeres de Eloxochitlán) y distorsionó la función del Instituto y de otros programas públicos excluyendo a las mujeres que no votaron por su padre, lo que representaba más de dos terceras partes de las mujeres de la población.(En el oficio 0028/2014 del 5 de enero de 2014, citado en la Recomendación 02/2015 de la Defensoría de los Derechos del Pueblo de Oaxaca, se lee: “..que el catorce de noviembre de dos mil diez, se llevó a cabo la asamblea de elección municipal con los siguientes resultados: Manuel Zepeda Cortés 786 votos, Alfredo Bolaños 716 votos y Fernando Palacios 586 votos;”)

• Exclusión y represión desde el gobierno municipal 2011-2013.

La administración de Elisa Zepeda Lagunas al frente del DIF heredó una percepción general de exclusión y represión. Durante 2011-2013 ella participó en la persecución ilegal contra cualquier opositor de su padre, mediante la fabricación de delitos (la mayoría por amenazas y lesiones. Se pueden observar en la tabla que constituyó el Anexo Uno) Con base en esos expedientes fabricados cuyo desahogo en juicio siempre fue obstaculizado, Elisa cataloga de criminales a varios luchadores sociales de nuestra comunidad. Esta es la realidad de los casos fabricados por su ella y su padre: Algunas veces Elisa misma se colocó como víctima, por ejemplo, en el expediente 01/2012 del Juzgado Mixto de Huautla de Jiménez, denunció haber sufrido fractura en su mano. Si se le expusiera a una revisión médica fehaciente no se hallaría antecedente de dicha fractura porque nunca existió. La fabricación de delitos se vivió bajo la misma dinámica en todos los casos: De inmediato se libraban las órdenes de aprehensión contra oponentes de Manuel Zepeda. Los denunciantes (eran Elisa y/o parientes de Elisa y Manuel Zepeda o de algún integrante del Cabildo) exhibían certificados médicos falsos y hasta después de unos dos o tres años de ser requeridos por el Juez, se presentaban para ser interrogados por su contraparte, en algunos casos nunca acudieron al llamado judicial a pesar de la insistencia por parte de los acusados, por lo cual todos esos procesos fabricados siguen vigentes a más de siete años de su inicio, y pueden revisarse en el Juzgado Mixto de Primera Instancia de Huautla de Jiménez.


Varias fueron las razones de esa persecución que se detallaron en el apartado de la réplica sobres las razones de ser presos políticos, entre ellas, la lucha de la Asamblea comunitaria para la incorporación de cuatro representantes comunitarios al cabildo o Ayuntamiento de Eloxochitlán (documentado en el expediente SUP-JDC-1665/2012 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación) la oposición a la explotación y contaminación del río, la resistencia frente a los intentos de desarticulación de organizaciones campesinas especialmente de la UCOCAM (Unión de Comunidades Campesinas Marginadas) la defensa del ex preso político Pedro Peralta Carrillo y la denuncia del atentado contra la caravana de mujeres y hombres de Eloxochitlán que visitarían la rotonda de los hombres ilustres.




• 2014 noviembre. La toma violenta del Palacio encabezada por Elisa Zepeda Lagunas, su padre y un grupo armado en clara oposición al gobierno comunitario.


La constante batalla y resistencia de la Asamblea Comunitaria, dio fruto y en un solemne y puntual acto comunitario, se nombró presidente al C. Alfredo Bolaños Pacheco, con apego a las formas internas de acuerdo con los usos y costumbres, por tanto, no dudó en formar un cabildo integrado, es decir, sin discriminar minorías. Sin embargo, este triunfo e integración comunitaria, no obedecía a las ambiciones de los Zepeda Lagunas, comenzaron una guerra de hostigamiento físico y verbal hacia el nuevo gobierno municipal.


El 24 de noviembre de 2014, Elisa Zepeda Lagunas participó directamente en la toma violenta del palacio municipal de Eloxochitlán de Flores Magón. Su padre Manuel Zepeda Cortés, ella y un grupo armado (ya que no han contado con el respaldo de la mayoría de la comunidad) obligaron al presidente municipal comunitario Alfredo Bolaños Pacheco a firmar una supuesta licencia “para atender cuestiones personales” y en el acto impusieron al que era su suplente Juan Salazar Hernández, pero aliado de los Zepeda Lagunas. Estos hechos están asentados en la averiguación previa AP/722/HJ/2014 y fueron notificados a la Secretaría de Gobernación mediante oficio de 24 de noviembre y recibido por esa Dependencia el 25 de noviembre a las 13:22 horas; dentro de los motivos de la toma del Palacio estuvieron la negativa de Alfredo Bolaños Pacheco a considerar a Manuel Zepeda Cortés como el exclusivo proveedor de materiales pétreos para obras municipales, a quien confrontó por la explotación de materiales cercana al ecocidio y ruptura de las formas tradicionales para conservar el equilibrio ecológico, así como la notificación ASE/OAS/SAF/DACF/2079/2014 hecha por la auditoría superior para que el expresidente Manuel Zepeda hiciera la aclaración de cuentas ante esa Dependencia.


Alfredo Bolaños Pacheco y la mayoría del Cabildo municipal continuaron su administración en una sede alterna, las instalaciones de la organización “Tierra Fértil”.


• Los lamentables hechos del 14 de diciembre de 2014 usados para la desarticulación del gobierno comunitario y la desarticulación de toda representación y organización comunitaria.

En diciembre de 2014, Elisa Zepeda Lagunas respaldaba un seudo gobierno encabezado por Juan Salazar Hernández. Personas que portaban armas de fuego, vestidas con uniformes parecidos a los de policías municipales cuidaban el palacio municipal tomado en noviembre sin que ninguno de ellos contara con identificación oficial ni nombramiento comunitario. Se dice por testigos de la comunidad que algunos de ellos eran sicarios o personas ociosas (esto último se deriva del testimonio vertido en el expediente 55/2014 vertido por la esposa de uno de ellos.)


En ese contexto, con Juan Salazar Hernández en el palacio municipal y Alfredo Bolaños Pacheco en la sede alterna (quien fungía como presidente con reconocimiento oficial y comunitario incluso hasta después del 14 de diciembre según se observa en el oficio SGG/SGDP/DARAM/0396/2014 visible en el expediente 02/2015) llegó el 14 de diciembre de 2014. Eugenio Romero, alcalde municipal, convocó al pueblo a constituir la Asamblea comunitaria para la renovación de ese cargo anual de alcalde. Juan Salazar Hernández también convocó a sus seguidores.


El 14 de diciembre de 2014 se instalaba en la cancha municipal la Asamblea Comunitaria de Eloxochitlán dirigida por Eugenio Romero y Alfredo Bolaños Pacheco, cuando fue interrumpida por disparos provenientes del palacio municipal y sus cercanías. El expediente 789(HJ) 2014 y su acumulada 04-(F.M)/2015 por tentativa de homicidio (que fue intervenido y continúa sin ser consignado), corresponde a las denuncias hechas por seis miembros de la Asamblea Comunitaria de Eloxochitlán (distintos de los presos políticos, si bien éstos forman parte de esa Asamblea comunitaria) al haber sido heridos con armas de fuego. En el expediente obran declaraciones de las víctimas con relación a sus heridas de bala y certificados médicos que se leen “…a (Víctima) herida por arma de fuego en cuello, región lateral izquierda y posterior; a (Víctima), herida por arma de fuego en orificio de entrada a nivel de arco costal línea paraesternal derecha y herida en hemitórax derecho…”

Ese suceso desató una trifulca en la cual Manuel Zepeda Lagunas, hermano de Elisa Zepeda Lagunas fue detenido en portación de arma de fuego y entregado con vida al agente del Ministerio Público de la ciudad de Huautla de Jiménez por ser el más cercano al lugar de la detención. Manuel Zepeda Lagunas no fue privado de la vida en nuestro pueblo Eloxochitlán de Flores Magón.

El fallecimiento del hermano de Elisa tuvo lugar en manos del personal de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca dirigida por Héctor Joaquín Carrillo Ruíz del Partido Revolucionario Institucional (PRI), las condiciones de la muerte son inciertas, sin embargo, es claro que a esa Institución no estuvo interesada en admitir, investigar y asumir lo ocurrido, en lugar de ello, en un primer momento intentó acusar por omisión de cuidados médicos a los primeros siete detenidos aunque finalmente acusó a treinta y cuatro personas por homicidio calificado con las agravantes de premeditación y ventaja, para lo cual usó pruebas inconsistentes cuya falta de eficacia probatoria ha quedado demostrada en el juicio 02/2015.

• 2015, año de resistencia de la asamblea comunitaria y desplazamiento forzado.

Elisa Zepeda Lagunas y Manuel Zepeda Cortés se encargaron de que en la lista de las treinta y cuatro personas acusadas en el expediente 02/2015 estuvieran absolutamente todos los miembros del cabildo que administraban en la sede alterna con Alfredo Bolaños Pacheco, representantes barriales y activistas comunitarios. Por lo cual, ante la realidad del presidente Alfredo Bolaños Pacheco encarcelado y los demás perseguidos con órdenes de aprehensión fue imposible que el gobierno

comunitario se sostuviera más tiempo, y a finales del año 2015 se desarticuló completamente, obligados a desplazarse de la comunidad ante una campaña intensa para su captura.


Estos videos tomados en mayo de 2015 https://youtu.be/dYBPQSID_n4 y https://www.youtube.com/watch?v=tROjGNVU2To son una evidencia de la resistencia de la Asamblea General Comunitaria después de los hechos de 14 de diciembre de 2014, en ellos, se observa con puntualidad cómo la defensa de los presos políticos es una lucha asumida por la comunidad, asimismo se observa la orquestación política de Juan Salazar Hernández, persona impuesta por Manuel Zepeda Cortés y Elisa Zepeda Lagunas para obtener su reconocimiento oficial como presidente, aprovechándose de la desarticulación que habían logrado.


A pesar de ello, en medio de la persecución y desplazamiento forzado los familiares y comuneros se organizaron eventualmente para sostener la lucha por la liberación de los presos políticos, lucha que se fortalece cada día alentados por los hallazgos en el juicio y la demostración jurídica e histórica de la inocencia de los presos.

• 2016. Elisa Zepeda Lagunas, busca la presidencia de Eloxochitlán de Flores Magón contra las formas tradicionales según los usos y costumbres.

Aun cuando la elección tradicional se celebra en el mes de noviembre, Elisa Zepeda Lagunas se eligió en el mes de abril, de tal modo que en mayo ya era presidenta electa, mediante la autopromoción, la coacción y compra del voto. La comunidad en su mayoría no acudió a ese acto político, se vivía un descabezamiento de la verdadera representación comunitaria, (había perseguidos de todos los barrios de la comunidad) y una amenaza constante de ser aprehendidos por cualquier motivo.

La verdad mediática construida por Elisa Zepeda aprovechándose de los hechos ocurridos el 14 de diciembre de 2014, muy seguramente influyó en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación según se observa en la siguiente liga: http://www.senado.gob.mx/64/gaceta_comision_permanente/documento/68486 en donde la Senadora Angélica de la Peña Gómez expuso lo siguiente: “Otro caso reciente es el de la presidenta electa del municipio de Eloxochitlán de Flores Magón, Elisa Zepeda, quien al promover los derechos de las mujeres a la participación política en su comunidad, en diciembre de 2014 fue brutalmente golpeada por un grupo de personas y perseguida hasta su casa, su hermano fue asesinado el mismo día. Para abril de 2016, cuando Elisa Zepeda ganó las elecciones en su municipio, los mismos agresores impugnaron a nivel estatal y federal dicho proceso, hasta el momento la presidenta electa se encuentra a la espera de la resolución del TEPJF de acuerdo con el Colectivo de la Ciudadanía de las Mujeres.”


La lógica es que si para esas fechas había entre doce y quince presos acusados por Elisa Zepeda (de los cuales aún permanecen siete en prisión) y los restantes estaban perseguidos con órdenes de aprehensión y desplazados de la comunidad, entonces cómo era posible que sus mismos “agresores” hubieran impugnado su proceso electoral, al menos que catalogue de “agresor (a)” a cualquier miembro a la comunidad que resistía y resiste a la fecha en contra de la ocupación ilegítima del gobierno local por parte de Elisa Zepeda Lagunas. Elisa Zepeda arribó al cargo incluso con votos inflados provenientes nombres de ciudadanos fallecidos como se demostró en el juicio

político electoral, entre otros argumentos de peso, pero pudo más su argumento de que no se le permitía gobernar por ser mujer a través de la promoción de su verdad mediática que jamás fue confrontada con los expedientes.

Seguros estamos de que la Senadora del PRD Angélica de la Peña y su equipo no recibieron los expedientes penales ni ningún análisis jurídico del caso 02/2015, mucho menos pronunciamientos de Tribunales de apelación y/o amparo que avalaran la versión mediática de Elisa Zepeda Lagunas: la supuesta misoginia contra ella por parte de varones de la comunidad. Tampoco el Tribunal Electoral ni la Senadora tuvieron el cuidado de visitar nuestra comunidad para indagar los hechos.

• 2017 Elisa Zepeda Lagunas, presidenta municipal de Eloxochitlán de Flores Magón.

Elisa Zepeda Lagunas estuvo al frente de la presidencia municipal y desde ese lugar de poder intensificó el cerco mediático en contra de los presos políticos e impulsó el despojó del predio de la organización campesina UCOCAM, autorizando a través de su Síndico municipal la ocupación ilegal del inmueble a un particular (a sabiendas de que el juicio civil sobre la propiedad fue ganado por la UCOCAM dentro del expediente 33/2010 y confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca dentro del Toca Civil 177/2011. Resolución que ha quedado firme.) en tanto que los representantes y miembros de la UCOCAM son presos políticos y otros más están desplazados.

Con base en su verdad mediática logró atraer la atención de personas del ámbito político quienes la propusieron como candidata a Diputada por el partido que se avizoraba triunfador: Morena, el partido que a ella y a los políticos que la designaron les aseguraba una victoria por el efecto AMLO y porque la ciudad de Huautla de Jiménez, con mayor número de votantes en el Distrito 04, reelegía a su presidente también de Morena. Es de conocimiento público que en la región mazateca se desconocía su labor dentro del Movimiento de Regeneración Nacional hasta antes de su designación, y puntualizamos, en su natal Eloxochitlán la comunidad no la respaldó, en consecuencia, allí no resultó triunfadora.




De su gestión en favor de la comunidad hay muy poco que decir, pero sería mejor una visita al municipio de toda persona interesada en verificar esas cuestiones.


Es necesario precisar que la comunidad de Eloxochitlán de Flores Magón reunidos en Asamblea comunitaria aplaudimos el activismo de las mujeres y su participación política, incluso quienes estamos al frente de la defensa de los presos políticos somos mujeres en su mayoría, y somos quienes redactamos este documento, por lo cual no es viable pensar en misoginia más allá de lo que padecen todas las sociedades del mundo, problemática bastante común en la que de manera no menos distinta que el resto de las culturas debemos avanzar.

FIRMAN: Familiares de los presos políticos, comuneras y comuneros de la Asamblea comunitaria de Eloxochitlán de Flores Magón, compañeras solidarias (os) del país y del extranjero y organizaciones varias.


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