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Violaciones a los Derechos Humanos

LA PERSECUCIÓN DE ARTEMIO VIDAURIA MIEMBRO DE LA ASAMBLEA COMUNITARIA PERSEGUIDO Y HOSTIGADO POR LA DIP. DE MORENA ELISA ZEPEDA LAGUNAS

En flagrante violación a los protocolos del uso de la fuerza y violación al derecho de presunción de inocencia, en la ciudad de Puebla, elementos de corporaciones de seguridad “pública” pudieron haber terminado con la vida de ARTEMIO VIDAURIA ROMERO, integrante de la Asamblea Comunitaria de Eloxochitlán de Flores Magón, Oaxaca, al dispararle fallidamente durante el intento de su aprehensión.

Alrededor de las 12:00 horas del 10 de septiembre de 2018, en la ciudad de Puebla, por lo menos tres elementos de alguna corporación de seguridad pública llegaron hasta donde estaba Artemio Vidauria Romero; al percatarse Artemio que se le aproximaban y al oír su nombre pronunciado por los elementos, echó a correr. Mientras corría, se percató de disparos dirigidos hacia él, afortunadamente fallidos. Artemio logró comunicar esos datos y dar el aviso de que encuentra a salvo. Los hechos fueron presenciados por vecinos de la zona.

Artemio Vidauria Romero es parte de la Asamblea Comunitaria de Eloxochitlán de Flores Magón, Oaxaca y hasta mediados del año 2015 era Representante de la localidad denominada Barrio Escopeta, sin embargo, a causa de su persecución con tres órdenes de aprehensión giradas en su contra, Artemio se desplazó de su comunidad a lugares inciertos.


La Diputada electa por Morena para el Distrito 04 en Oaxaca, Elisa Zepeda Lagunas, a través de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, lo persigue por tres delitos fabricados, encuadrados en el contexto de los hechos ocurridos el 14 de diciembre de 2014, en Eloxochitlán de Flores Magón, en donde la denunciante es Elisa Zepeda Lagunas.


Desde diciembre de 2014, el Juez Mixto de Primera Instancia de Huautla de Jiménez emitió las órdenes de aprehensión en contra de Artemio Vidauria Romero a pesar de la ausencia de pruebas. Ni a nivel indiciaria está sugerida la participación de Artemio Vidauria en los ilícitos que se le señalan. Esto ha sido corroborado en los juicios de amparo 489/2015 y 921/2016 del índice de los Juzgados Tercero y Cuarto de Distrito con sede en la ciudad de Oaxaca interpuestos por Artemio Vidauria. Tribunales que en ambos juicios le concedieron el Amparo para efecto de que el Juez de Huautla resolviera si luego de un estudio exhaustivo había condiciones de emitir las órdenes de aprehensión debidamente motivadas o si debía negarlas, ya que las órdenes examinadas se encontraron violatorias de los derechos de legalidad, seguridad jurídica y presunción de inocencia.


El Juez de Huautla, sin atender las observaciones de amparo, volvió a emitir las órdenes de aprehensión a pesar de la falta de pruebas. Artemio sigue sus respectivos juicios de amparo con la esperanza de que las órdenes ilegales se declaren inconstitucionales y pueda pronto volver a su pueblo.

En tanto, el lunes 10 de septiembre de 2018, en flagrante violación a los protocolos del uso de la fuerza y violación al derecho de presunción de inocencia, los elementos de seguridad pudieron haber terminado con la vida de Artemio Vidauria Romero al dispararle fallidamente.

Ninguno de los supuestos permitidos por la Ley (legítima defensa, salvar vidas, o evitar la comisión de un delito grave) para el uso de armas de fuego durante una detención se actualizó con la huida de Artemio.


La Defensa de Artemio Vidauria hizo notar que los elementos de seguridad violaron los artículos 7, 30 y 32 fracción III de la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla, 5,6 fracción IV, 7 fracción I y 8 de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza por los Integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca, 40 fracción VIII de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y 7° y 15 del Protocolo de Actuación de la Policía Federal sobre el Uso de la Fuerza. (Las últimas aplicables en caso de colaboración interinstitucional)


Por lo anterior, se responsabiliza a la Diputada electa por Morena en el Distrito 04 del Estado de Oaxaca, Elisa Zepeda Lagunas del uso excesivo de la fuerza que pudiera recaer en Artemio Vidauria Romero o en algún otro ciudadano de la Asamblea Comunitaria de Eloxochitlán de Flores Magón de los que se encuentran perseguidos con órdenes de aprehensión ilegales, quienes también las combaten en diversos juicios de Amparo.




El artículo 7° del Protocolo de Actuación de la Policía Federal sobre el Uso de la Fuerza ilustra los niveles legales, necesarios y proporcionales para el uso de la fuerza.

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